¿El personal de las fuerzas armadas tiene sus derechos fundamentales en la India? ¿O tienen disposiciones separadas?

Los artículos 33 y 34 facultan al Parlamento para restringir, modificar o derogar los derechos fundamentales de los miembros de las fuerzas armadas, fuerzas paramilitares, fuerzas policiales, miembros de agencias de inteligencia o servicios similares. Esto es necesario para desempeñar adecuadamente sus funciones, que son de naturaleza sensible y urgente. Este poder está disponible solo con el parlamento y no con las legislaturas estatales. Además, tal acto no puede ser impugnado en un tribunal por ser violatorio [1] de los derechos fundamentales. Además, los tribunales marciales (tribunales de derecho militar) han quedado exentos de la jurisdicción judicial de la Corte Suprema y los tribunales superiores en virtud del artículo 33. Utilizando estos poderes, el parlamento promulgó varias leyes, como la Ley del Ejército (1950), la Ley de la Marina ( 1950), Ley de la Fuerza Aérea (1950), Ley de Fuerzas Policiales (Restricción de Derechos), 1966, etc. El Parlamento también tiene el poder de indemnizar a cualquier persona o los actos realizados por esa persona al servicio del Estado, si tales actos se realizan por él durante la aplicación de la ley marcial en cualquier área dentro del territorio de la India.

Notas al pie

[1] Derechos fundamentales de las fuerzas armadas en la India

Algunos derechos fundamentales están restringidos para el personal de las Fuerzas Armadas.
Eche un vistazo a la Ley del Ejército, la Ley de la Marina y la Ley de la Fuerza Aérea para obtener más detalles.

¿El personal de las fuerzas armadas tiene sus derechos fundamentales en la India? ¿O tienen disposiciones separadas?

El personal de las Fuerzas Armadas tiene derechos fundamentales que todos los ciudadanos tienen. Pero la Constitución (según el Artículo 33) ha facultado al Parlamento para restringir cualquiera de los Derechos Fundamentales, a fin de permitir el cumplimiento efectivo del deber.

De hecho, en una sentencia, SC dictaminó que los Derechos pueden restringirse incluso para el personal que no tiene un papel de combate en las fuerzas armadas.

Para garantizar la disciplina y el desempeño eficiente de las tareas por parte del personal de las fuerzas armadas, el artículo 33 restringe los siguientes 4 derechos fundamentales:

  1. Libertad de expresión.
  2. Derecho a formar asociaciones.
  3. Derecho a ser miembro de sindicatos u organizaciones políticas.
  4. Derecho a comunicarse con la prensa y asistir a reuniones públicas o manifestaciones.

Todo lo anterior se incluye en Derecho a la libertad, que es uno de los 6 derechos fundamentales.

¡Espero perder estos derechos pronto! 😉

Cualquier armado de la fuerza de la India criado bajo las disposiciones de la fuerza armada de la unión tiene derechos fundamentales, excepto unos pocos derechos que están restringidos por los actos del Ejército / BSF / CRP / Marina