Menores de 18 años USC § 921 (A) (29):
El término “arma de fuego” significa:
(A) un arma de fuego que tiene un stock corto y está diseñada para ser sostenida y disparada mediante el uso de una sola mano; y
(B) cualquier combinación de partes a partir de las cuales se pueda ensamblar un arma de fuego descrita en el subpárrafo (A).
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La ley federal se aplica a todas las armas de fuego que se ajustan a esa definición y no están cubiertas por 26 USC, § 5845 del Código de Rentas Internas:
(e) Cualquier otra arma
El término “cualquier otra arma” significa cualquier arma o dispositivo capaz de ocultarse a la persona de la cual se puede descargar un disparo a través de la energía de un explosivo, una pistola o un revólver que tiene un cañón con un agujero liso diseñado o rediseñado para disparar un arma de escopeta fija, armas con cañones combinados de escopeta y rifle de 12 pulgadas o más, de menos de 18 pulgadas de longitud, de las cuales solo se puede hacer una descarga de cualquier cañón sin recarga manual, e incluirá cualquier arma que pueda restaurarse fácilmente para disparar. Dicho término no incluirá una pistola o un revólver que tenga un calibre estriado, orificios estriados, o armas diseñadas, hechas o destinadas a ser disparadas desde el hombro y que no sean capaces de disparar municiones fijas.
(f) Dispositivo destructivo
El término “dispositivo destructivo” significa (1) cualquier bomba explosiva, incendiaria o de gas venenoso (A), (B) granada, (C) cohete que tenga una carga propulsora de más de cuatro onzas, (D) misil que tenga un explosivo o carga incendiaria de más de un cuarto de onza, (E) mina o (F) dispositivo similar; (2) cualquier tipo de arma con cualquier nombre conocido que expulse un proyectil por acción de un explosivo u otro propulsor, cuyo cañón o barriles tengan un diámetro de más de la mitad pulgada de diámetro, excepto una escopeta o un arma de escopeta que el Secretario considera generalmente reconocida como particularmente adecuada para fines deportivos; y (3) cualquier combinación de partes diseñadas o destinadas a ser utilizadas para convertir cualquier dispositivo en un dispositivo destructivo como se define en los subpárrafos (1) y (2) y desde el cual se puede ensamblar fácilmente un dispositivo destructivo. El término “dispositivo destructivo” no incluirá ningún dispositivo que no esté diseñado ni rediseñado para su uso como arma; cualquier dispositivo, aunque originalmente diseñado para su uso como arma, que se ha rediseñado para su uso como dispositivo de señalización, pirotecnia, lanzamiento de línea, seguridad o similar; municiones sobrantes vendidas, prestadas o entregadas por el Secretario del Ejército de conformidad con las disposiciones de la sección 4684 (2), 4685 o 4686 del título 10 del Código de los Estados Unidos; o cualquier otro dispositivo que el Secretario encuentre que no es probable que se use como arma, o sea una antigüedad o un rifle que el propietario tenga la intención de usar únicamente con fines deportivos.
Dicho esto, para ser considerado legalmente una pistola, un arma realmente debe definirse legalmente como un arma de fuego bajo 18 USC § 921 (A) (3):
El término “arma de fuego” significa (A) cualquier arma (incluyendo una pistola de arranque) que será o está diseñada para o puede convertirse fácilmente para expulsar un proyectil por la acción de un explosivo; (B) el marco o receptor de cualquier arma; (C) cualquier silenciador de arma de fuego o silenciador de arma de fuego; o (D) cualquier dispositivo destructivo. Dicho término no incluye un arma de fuego antigua.
La última línea sobre armas de fuego antiguas es notable ya que 18 USC § 921 (A) (16) establece:
El término “arma de fuego antigua” significa:
(A) cualquier arma de fuego (incluyendo cualquier arma de fuego con cerradura, pedernal, gorra de percusión o un tipo similar de sistema de encendido) fabricado en 1898 o antes; o
(B) cualquier réplica de cualquier arma de fuego descrita en el subpárrafo (A) si tal réplica—
(i) no está diseñado o rediseñado para usar rimfire o munición fija de fuego central convencional, o
(ii) utiliza munición fija de fuego central o de fuego central que ya no se fabrica en los Estados Unidos y que no está fácilmente disponible en los canales comerciales normales; o
(C) cualquier rifle de carga de cañón, escopeta de carga de cañón o pistola de carga de cañón, que está diseñado para usar polvo negro, o un sustituto de polvo negro, y que no puede usar munición fija. Para los propósitos de este subpárrafo, el término “arma de fuego antigua” no incluirá ningún arma que incorpore un armazón o receptor de arma de fuego, cualquier arma de fuego que se convierta en un arma de carga de cañón o cualquier arma de carga de cañón que pueda convertirse fácilmente en munición fija reemplazando el barril, el perno, el cierre trasero o cualquier combinación de los mismos.
Esto significa que todas las armas de bozal y pinfire, así como ciertas armas de fuego central y rimfire no califican legalmente como pistolas porque son legalmente antigüedades.
Pero aparte de esa peculiaridad, si es legalmente una pistola, incluso un rifle de cañón corto disfrazado legalmente como una pistola, entonces se aplican todas las leyes federales sobre pistolas.
El Ruger Charger visto anteriormente es legalmente una pistola.
Con respecto a la posesión de armas de fuego por menores, el estatuto federal relevante es 18 USC § 922 (x):
(1) Será ilegal que una persona venda, entregue o transfiera a una persona que el cedente conoce o tiene motivos razonables para creer que es un menor:
(A) una pistola; o
(B) munición que es adecuada para usar solo en una pistola.
(2) Será ilegal que cualquier persona menor de edad posea a sabiendas:
(A) una pistola; o
(B) munición que es adecuada para usar solo en una pistola.
(3) Esta subsección no se aplica a:
(A) una transferencia temporal de una pistola o munición a un menor o a la posesión o uso de una pistola o munición por un menor si la pistola y la munición son poseídas y utilizadas por el menor:
(i) en el curso del empleo, en el campo de la ganadería o la agricultura relacionadas con actividades en la residencia del menor (o en una propiedad utilizada para la ganadería o la agricultura en la que el menor, con el permiso del propietario o arrendatario, es realizar actividades relacionadas con la operación de la granja o rancho), prácticas de tiro, caza o un curso de instrucción sobre el uso seguro y legal de una pistola;
(ii) con el consentimiento previo por escrito de los padres o tutores del menor que no esté prohibido por las leyes federales, estatales o locales de poseer un arma de fuego, excepto:
(I) durante el transporte por parte del menor de una pistola descargada en un contenedor cerrado directamente desde el lugar de transferencia a un lugar en el que se llevará a cabo una actividad descrita en la cláusula (i) y el transporte por parte del menor de esa pistola, descargada y en un contenedor cerrado con llave, directamente desde el lugar en el que se realizó dicha actividad al transferidor; o
(II) con respecto a las actividades ganaderas o agrícolas como se describe en la cláusula (i), un menor puede poseer y usar una pistola o munición con la aprobación previa por escrito del padre o tutor legal del menor y bajo la dirección de un adulto que no sea prohibido por la ley federal, estatal o local poseer un arma de fuego;
(iii) el menor tiene el consentimiento previo por escrito en posesión del menor en todo momento cuando una pistola está en posesión del menor; y
(iv) de conformidad con las leyes estatales y locales;
(B) un menor que es miembro de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos o la Guardia Nacional que posee o está armado con una pistola en el cumplimiento del deber;
(C) una transferencia por herencia del título (pero no posesión) de una pistola o munición a un menor; o
(D) la posesión de una pistola o munición por un menor tomado en defensa del menor u otras personas contra un intruso en la residencia del menor o una residencia en la que el menor es un invitado.
(4) Una pistola o munición, cuya posesión se transfiere a un menor en circunstancias en las que el cedente no viola este inciso no estará sujeto a confiscación permanente por parte del Gobierno si su posesión por el menor se vuelve ilegal posteriormente porque de la conducta del menor, pero se devolverá al propietario legal cuando el Gobierno ya no requiera dicha pistola o munición para fines de investigación o enjuiciamiento.
(5) Para los fines de este inciso, el término “juvenil” significa una persona menor de 18 años.
(6) (A) En un enjuiciamiento por una violación de este inciso, el tribunal exigirá la presencia del padre o tutor legal del acusado menor en todos los procedimientos.
(B) El tribunal puede usar el poder de desacato para hacer cumplir el subpárrafo (A).
(C) El tribunal puede excusar la asistencia de un padre o tutor legal de un menor acusado a un proceso en un enjuiciamiento de una violación de este inciso por una buena causa demostrada.