Literatura de derecho militar en la India
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¿Qué es la corte marcial?
Este es otro enlace que explica sobre las cortes marciales.
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El enlace anterior explica todos los castigos y delitos enumerados en el sitio web del ejército indio.
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(d) En la tabla de castigos normales que se muestra a continuación, los delitos que no pueden ser juzgados por una corte marcial sumaria, excepto después de la referencia bajo la Ley del Ejército, Sección 120 (2), y los delitos menos comunes no se han incluido. Tales ofensas si son juzgadas por corte marcial sumaria deben tratarse de acuerdo con los méritos de cada caso.
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Tabla de castigos
(i) Castigo normal. – Encarcelamiento riguroso por tres meses o menos para ser sometido a custodia militar.
Delitos: –
Desobediencia, no de naturaleza grave.
Insubordinación, no de naturaleza grave.
Primera deserción o inscripción fraudulenta.
Ausencia sin licencia o excederse.
No aparecer en el desfile.
Salir del desfile, guardia, etc., sin permiso.
Ausencia del campamento o después del tatuaje.
Intoxicación.
Liberación o sufrimiento del prisionero para escapar.
Escapando de la custodia.
Perder por negligencia, armas, etc.
Falsa respuesta en la inscripción.
Menor desprecio de la corte marcial.
Descuido de las órdenes.
Actos perjudiciales, etc., no de naturaleza grave.
Saqueo de centinelas, etc., no de naturaleza grave.
Centinela durmiendo o dejando el puesto en tiempo de paz.
Uso de la fuerza para superior, no de naturaleza grave.
No volver a unirse para el servicio activo, no de naturaleza grave.
Eliminar, según la Ley del Ejército, Sección 54 (a), que no sean armas y municiones.
Falsas acusaciones y quejas, no de naturaleza grave.
Golpear o maltratar a un subordinado, no de naturaleza grave,
Primeras ofensas que no son de naturaleza grave.
(ii) Castigo normal: encarcelamiento riguroso por seis meses o menos y destitución del servicio.
Delitos: –
Desobediencia de naturaleza grave o insubordinación estudiada.
Malingering, fingiendo o produciendo enfermedad.
Uso de la fuerza para casos superiores, graves.
Desprecio de la corte marcial, casos graves.
Dando evidencia falsa.
Robo ordinario.
Fraudes
Indecencia o crueldad.
Actos perjudiciales, etc., de naturaleza grave que en virtud del (i) anterior
(iii) Castigo normal: encarcelamiento riguroso por un año y destitución del servicio.
Delitos: –
Huyendo con armas o municiones.
Desobediencia o insubordinación repetidas.
Deserción, casos graves y segundas o posteriores condenas.
Robos, casos graves.
Fraudes, casos graves.
Causando daño al no ser apto para el servicio.
Delitos antinaturales.
No reunirse para un servicio activo de naturaleza grave y deliberada.
Actos perjudiciales, etc., de naturaleza grave.
Gracias por A2A.
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