Me alisté en los Marines pero no completé el entrenamiento. Tengo una descarga honorable DD214. ¿Este escenario tiene un nombre?

Supongo que se separó como Separación de nivel de entrada (ELS), que generalmente es “No caracterizada”, lo que significa que básicamente no es nada. En cuanto a un código de reinscripción que estaría determinado por qué circunstancia provocó el ELS. A continuación se encuentran las regulaciones que rigen las separaciones, puede leerlas y luego hacer coincidir su DD-214 con la información que se explica a continuación.

Si su DD-214 dice Honorable, entonces suena como una separación involuntaria o algún tipo de alta médica. Si realmente desea conocer los detalles, solicite su OMPF aquí:

Archivos oficiales de personal militar

Un ex marine puede solicitar una copia de sus registros directamente al Centro Nacional de Registros de Personal (NPRC) escribiendo:

Centro Nacional de Registros de Personal

1 unidad de archivos

St. Louis, MO 63138

Teléfono: 314-801-0800.

Fax: 314-801-9195

Correo electrónico: [correo electrónico protegido]

Si se contiene un error administrativo en los registros de un ex infante de marina, como un nombre mal escrito, los dígitos de un número de seguro social se han ingresado incorrectamente, etc., él / ella puede escribir directamente a la agencia que tiene sus registros para su corrección. Si se descubre que NPRC no posee los registros, el constituyente puede escribir a la siguiente dirección para su corrección:

Extractos del Reglamento de Separación de USMC:

Estado de nivel de entrada. Al alistarse, un marine califica para el estado de nivel de entrada durante: (1) los primeros 180 días de servicio militar activo continuo; o (2) los primeros 180 días de servicio activo continuo después de un servicio después de más de 92 días de servicio activo. Un marine de un componente de reserva que no estuvo en servicio activo o está cumpliendo una llamada u orden de servicio activo durante 180 días o menos comienza el estado de nivel de entrada al alistarse en un componente de reserva. El estado de nivel de entrada para un marine de un componente de reserva se determina de la siguiente manera: (1) 180 días después de comenzar el entrenamiento si el Marine es ordenado a servicio activo para entrenamiento por un período continuo de 180 días o más; o, (2) 90 días después del comienzo del segundo período de entrenamiento en servicio activo, si se ordena al marine a servicio activo para entrenamiento bajo un programa que divide el entrenamiento en dos o más períodos separados de servicio activo. A los fines de la caracterización del servicio o la descripción de la separación, el estado del marine se determina por la fecha de notificación en cuanto al inicio de los procedimientos de separación. El período de nivel de entrada no se ve interrumpido por una ausencia o deserción no autorizada.

Tipos de separación Carácter de la acción de separación

Liberación de Administración Honorable, General (UHC) activa

Deber

Honorable Descarga Honorable Administrativo

Descarga general General bajo honorable administrativo

Condiciones

Descarga bajo otra bajo otra que no sea honorable administrativo

que honorables contribuciones

Condiciones

Nivel de entrada Separación Administrativo no caracterizado

Orden de liberación del administrador no caracterizado

Custodia de la USMC

Mala Conducta Descarga Mala Conducta Tribunales Generales

Marcial (CM)

Especial (CM)

Descarga deshonrosa General deshonrosa (CM)

Tipos de caracterización

* (1) Honorable tras la separación EAS . La caracterización honorable es apropiada cuando la calidad del servicio de la Marina cumple con los estándares de conducta aceptada y cumplimiento del deber para el personal militar. La caracterización normalmente será honorable para los infantes de marina con calificaciones de competencia promedio de 3.0 o superior y calificaciones de conducta promedio de 4.0 o superior. Los infantes de marina con calificaciones inferiores a 3.0 y marcas de conducta inferiores a 4.0 pueden recibir una caracterización honorable a discreción de la autoridad de separación. La autoridad de separación puede determinar que se justifica una caracterización honorable del servicio en los casos en que el servicio de un marine es tan meritorio que cualquier otra caracterización sería claramente inapropiada.

(2) Honorable en caso de separación involuntaria según el capítulo 6 o separación en lugar de juicio por corte marcial. Si un marine está siendo separado como resultado de una conducta adversa, un desempeño insatisfactorio, o está solicitando la separación en lugar de la corte marcial, una caracterización honorable es apropiada solo si el servicio del marine es tan meritorio que cualquier otra caracterización sería claramente inapropiada.

*si. General (bajo condiciones honorables). Esta es la segunda más alta calidad de caracterización y es apropiada si el servicio de la Marina ha sido honesto y fiel, pero los aspectos negativos significativos de la conducta o el desempeño de la Marina superan los aspectos positivos del historial militar de la Marina.

* (1) General tras la separación EAS. Una autoridad de separación puede asignar una caracterización general (bajo condiciones honorables) de servicio a un marine alistado, independientemente del rango del marine.

* (a) Corporales e inferiores con marcas de competencia promedio inferiores a 3.0 y marcas de conducta inferiores a 4.0. La caracterización del servicio para infantes de marina en esta categoría debe ser general (bajo condiciones honorables). No se requiere documentación o justificación adicional para asignar una caracterización general (bajo condiciones honorables) del servicio en estos casos.

5. Separaciones no caracterizadas

a. Sin caracterizar. Una descripción no caracterizada se utilizará de la siguiente manera: (Nota: con respecto a asuntos administrativos no relacionados con el servicio, es decir, beneficios del Departamento de Asuntos de Veteranos (VA), empleo civil, etc., una separación no caracterizada se considerará como el equivalente de un honorable o caracterización general [en condiciones honorables].

(1) Cuando se inicia una separación mientras un marine está en un estado de nivel de entrada (ver par 1002.23), excepto en las siguientes circunstancias:

(a) Cuando la separación por mala conducta o alistamiento fraudulento está autorizada y cuando las circunstancias del caso justifican la caracterización en condiciones diferentes a las honorables;

(b) Cuando se autorice la separación en lugar de la corte marcial y cuando las circunstancias del caso justifiquen la caracterización en condiciones que no sean honorables; o,

(c) Cuando la caracterización del servicio como honorable está claramente justificada por la presencia de circunstancias inusuales que involucren conducta personal y el desempeño del servicio militar y el Secretario de la Marina la aprueba caso por caso. Se considerará la caracterización honorable cuando el marine se separe debido a cambios seleccionados en la obligación del servicio, la conveniencia del gobierno (CofG), la discapacidad o la autoridad secretaria completa.

(2) Cuando un infante de marina con servicio interrumpido se separa durante el adoctrinamiento o el entrenamiento MOS y no completa satisfactoriamente dicho entrenamiento; o;

(3) Cuando un marine se separa mientras está en el programa de entrada retrasada por no ser elegible para el alistamiento. La separación se efectúa por par6204.

si. Alistamiento o inducción nula. Un infante de marina cuyo alistamiento o inducción sea nulo no recibirá un certificado de alta. La caracterización del servicio no se caracterizará. La separación se describirá como un modo de liberación de la custodia o control del servicio en cuestión. Cuando surge un alistamiento constructivo, se requiere caracterización.

(1) Un alistamiento es nulo en las siguientes circunstancias:

(a) Si se efectuó sin el consentimiento voluntario de una persona que tiene la capacidad de comprender la importancia de alistarse en el Cuerpo de Infantería de Marina, incluido el alistamiento de una persona que está intoxicada o loca en el momento del alistamiento;

(b) Si la persona es menor de 17 años de edad;

(c) Si la persona es un desertor de otro servicio militar; o

(d) Si la persona da positivo por drogas o alcohol durante la prueba actual de drogas y alcohol, siga los procedimientos del párrafo 6211.

(2) Aunque un alistamiento puede ser nulo en su inicio, surge un alistamiento constructivo en el caso de una persona que sirve con el Cuerpo de Marines que:

(a) Presentado voluntariamente a la autoridad militar;

(b) Cumplió con los requisitos de competencia mental y edad mínima en el momento de la presentación voluntaria a la autoridad militar;

(c) Recibió pago militar o asignaciones; y
(d) Deberes militares realizados.

(3) Si un alistamiento es nulo en su inicio y es seguido por un alistamiento constructivo dentro del mismo período de servicio, la caracterización del servicio o la descripción de la separación, se realizará según los párrafos 1003 y 1004. Si el alistamiento fue nulo por razón de deserción de otro servicio, la Marina estará separada por una orden de liberación de la custodia y el control de la Infantería de Marina, independientemente de cualquier alistamiento constructivo posterior, a menos que el Secretario de la Marina determine que la retención es apropiada.

(4) La ocurrencia de un alistamiento constructivo de este tipo no impide que el CMC, en un caso apropiado, retenga o separe el Marine en cualquier base para la separación proporcionada en este manual.

Aquí un enlace a todo el manual:

http://www.marines.mil/Portals/5…

Dado que no mencionó el problema que llevó a su capacitación incompleta, como una lesión, un problema psicológico, problemas disciplinarios, deficiencia académica, posibles problemas legales o algo problemático surgido de su pasado, solo puedo decir que es común en el servicio militar a partir de principios hasta mediados de la década de 1970, si una rama de servicio decide que su alistamiento no es lo suyo o lo que más les conviene, lo llaman una descarga honorable. Por cualquier razón que esté detrás de su alta, las ramas de servicio prefieren que usted avance silenciosamente en otras actividades de la vida y no arruine toda su vida. La mayoría de las veces su DD-214 enumera el tipo de descarga otorgada (es decir, honorable, et al), pero no muestra detalles de por qué se otorgó la descarga. Para la mayoría de los antiguos alistados, el código de razón de alta para irse dice que ya no se necesita para el servicio militar.

Su alta (DD-214) tendrá un código de tres letras que se traduce en el motivo de la separación. También habrá un código de reinscripción (re1-4). Eso le dirá si es elegible para volver a alistarse. Uno muy recomendado, dos recomendados. Tres pueden volver a alistarse con el permiso del departamento de personal (oficina Personell para la marina) y cuatro no pueden volver a alistarse. El nombre de su escenario dependerá del escenario.

Es difícil responder la pregunta con tan poca información. Lo único en lo que puedo pensar que resultaría en esa situación es una descarga por dificultades.

Los descargos por dificultades son raros y solo se otorgan en una situación en la que un miembro de la familia tiene una enfermedad o lesión permanente que solo el miembro del servicio individual puede atender.

Cerca, pero no Kewpie Doll.