Como se cita de 18 USC 922 (d)
“Será ilegal que cualquier persona venda o disponga de cualquier arma de fuego o munición a cualquier persona que conozca o tenga una causa razonable para creer que esa persona:
(1) está acusado o ha sido condenado en un tribunal por un delito punible con prisión por un período superior a un año;
(2) es un prófugo de la justicia;
- Según Game Theory, y como ciudadano, ¿sería más seguro llevar un arma personal?
- ¿Es Walther P99 una buena pistola?
- ¿Por qué la artillería entrante hace un silbido?
- ¿Cuál es la mejor pistola para tiro al blanco y por qué se considera la mejor?
- ¿Cuáles son los mejores estilos de lucha que los samuráis hacen con la espada?
(3) es un usuario ilegal o adicto a cualquier sustancia controlada (como se define en la sección 102 de la Ley de Sustancias Controladas (21 USC 802));
(4) ha sido juzgado como un defecto mental o ha sido comprometido con cualquier institución mental;
(5) quién, siendo extranjero: (A) está ilegal o ilegalmente en los Estados Unidos; o (B) excepto según lo dispuesto en el inciso (y) (2), haya sido admitido a los Estados Unidos bajo una visa de no inmigrante (como ese término se define en la sección 101 (a) (26) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad) (8 USC 1101 (a) (26)));
(6) quién [2] ha sido dado de baja de las Fuerzas Armadas en condiciones deshonrosas;
(7) quien, habiendo sido ciudadano de los Estados Unidos, ha renunciado a su ciudadanía;
(8) está sujeto a una orden judicial que restringe a esa persona de acosar, acosar o amenazar a una pareja íntima de dicha persona o hijo de dicha pareja o persona íntima, o participar en otra conducta que pondría a una pareja íntima en temor razonable de lesiones corporales a la pareja o al niño, excepto que este párrafo solo se aplicará a una orden judicial que: (A) se emitió después de una audiencia en la que dicha persona recibió un aviso real y en la que dicha persona tuvo la oportunidad de participar; y (B) (i) incluye un hallazgo de que dicha persona representa una amenaza creíble para la seguridad física de dicha pareja íntima o niño; o (ii) por sus términos prohíbe explícitamente el uso, intento de uso o amenaza de uso de fuerza física contra tal pareja íntima o niño que razonablemente se espera que cause lesiones corporales; o
(9) ha sido condenado en cualquier tribunal por un delito menor de violencia doméstica. ”18 Código de Estados Unidos § 922 – Actos ilegales
Mientras no caigas en estas nueve categorías, entonces estás perfectamente bien.