Legalmente hablando, ¿cuál es la diferencia entre AWOL y la deserción?

La principal diferencia legal entre los dos es la intención de regresar: AWOL se puede probar sin ninguna intención, mientras que Desertion requiere la intención de abandonar el puesto o evitar el deber peligroso.

La ausencia no autorizada (UA) o la ausencia sin permiso (AWOL) está cubierta por el artículo 86 del Código Uniforme de Justicia Militar (UCMJ):

Cualquier miembro de las fuerzas armadas que, sin autoridad–

(1) no puede ir a su lugar de servicio designado en el momento prescrito;

(2) va desde ese lugar; o

(3) se ausenta o permanece ausente de su unidad, organización o lugar de servicio en el que debe estar en el momento prescrito;

será castigado como lo ordene un tribunal marcial.

http://www.ucmj.us/sub-chapter-1…

La deserción está cubierta por el artículo 85 de la UCMJ:

(a) Cualquier miembro de las fuerzas armadas que–

(1) sin autorización se va o permanece ausente de su unidad, organización o lugar de servicio con la intención de permanecer alejado de ella de forma permanente;

(2) renuncia a su unidad, organización o lugar de servicio con la intención de evitar tareas peligrosas o eludir un servicio importante; o

(3) sin estar separado regularmente de una de las fuerzas armadas se alista o acepta una cita en la misma u otra en las fuerzas armadas sin revelar completamente el hecho de que no ha sido separado regularmente, o ingresa a cualquier servicio armado extranjero, excepto cuando esté autorizado por los Estados Unidos; Es culpable de deserción.

(b) Cualquier oficial comisionado de las fuerzas armadas que, después de presentar su renuncia y antes de la notificación de su aceptación, renuncie a su puesto o deberes apropiados sin permiso y con la intención de permanecer alejado de allí permanentemente, es culpable de deserción.

(c) Cualquier persona declarada culpable de deserción o intento de desertar será castigada, si el delito se comete en tiempo de guerra, con la muerte o cualquier otro castigo que un tribunal marcial pueda ordenar, pero si ocurre la deserción o el intento de desertar. en cualquier otro momento, con tal castigo, que no sea la muerte, como lo ordene una corte marcial

http://www.ucmj.us/sub-chapter-1…