En resumen, si.
He aquí por qué: aunque puede que no haya ninguna regulación específica que diga que si pierde su documentación lo enviaremos a la cárcel (sin contar los documentos clasificados), hay una pequeña trampa útil que todas las sucursales tienen: Castigo no judicial.
El ejército / Fuerza Aérea lo llama Artículo 15, USMC lo llama Página Seis. La marina lo llama capitanes mástil.
Definición: el castigo no judicial (NJP) en las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos es una forma de justicia militar autorizada por el Artículo 15 del Código Uniforme de Justicia Militar. El castigo no judicial o “NJP” permite a los comandantes disciplinar administrativamente a las tropas sin una corte marcial. El castigo puede variar desde una reprimenda hasta una reducción en el rango, custodia correccional, confinamiento en pan y agua / raciones disminuidas (solo a bordo de barcos), pérdida de pago, derechos adicionales y / o restricciones. La recepción de un castigo no judicial no constituye una condena penal (es equivalente a una acción civil), pero a menudo se coloca en el registro de servicio de la persona. El proceso para el castigo no judicial se rige por la Parte V del Manual para Tribunales Marciales y por las regulaciones de cada rama de servicio.
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Los procedimientos de castigo no judicial se conocen por diferentes términos entre los servicios. En el Ejército y la Fuerza Aérea, el castigo no judicial se conoce como Artículo 15; en el Cuerpo de Marines se llama ser “NJP’d”, “Ninja Punched” o ser enviado a “Office Hours”. La Marina y la Guardia Costera llaman al mástil del capitán de castigo no judicial o al mástil del almirante, dependiendo del rango del oficial al mando.
Los castigos son:
Artículo resumen 15: los comandantes (O-3 y menos) y la OIC comisionada pueden imponer:
Restricción a límites específicos (normalmente trabajo, cuarteles, lugar de culto, comedor e instalaciones médicas) por no más de 14 días
Deberes adicionales, incluyendo fatiga u otros deberes, por no más de 14 días.
Restricción con aranceles adicionales por no más de 14 días.
Los comandantes de grado de empresa (O-3 o inferior) pueden imponer lo anterior más:
Custodia correccional por no más de 7 días (solo si el acusado está en los grados E-3 e inferiores)
Pérdida de pago base de 7 días
Reducción en un grado, si el rango original en la autoridad de promoción del oficial que impone (EE. UU. / USAF E-4 y menos)
Confinamiento en raciones disminuidas o pan y agua por no más de 3 días (USN / USMC E-3 y menos, y solo cuando se embarca en un barco).
Advertencia o amonestación, ya sea escrita o verbal.
El grado de campo (O-4 a O-6) puede imponer:
Restricción por no más de 60 días.
Deberes adicionales por no más de 45 días
Restricción con aranceles adicionales por no más de 45 días
Custodia correccional por no más de 30 días (solo si el acusado está en los grados E-3 e inferiores)
Pérdida de ½ del sueldo base por dos meses
Reducción en un grado si (USA / USAF E-6 o E-5; USMC E-5 o inferior; USN E-6 o inferior); o reducción a E-1 (USA / USAF E-4 a E-2)
Confinamiento en raciones disminuidas o pan y agua por no más de 3 días.
Dicho esto: ¿puede suceder? Si. ¿Es probable que alguna vez? No.