En realidad, cualquier fuerza armada estadounidense E-4 o superior en el desempeño de sus funciones tiene el poder de aprehensión (arresto en el mundo civil) por cualquier violación del Código Uniforme de Justicia Militar cometida por cualquier otro miembro del servicio que también pueda estar sujeto a UCMJ, independientemente de su ubicación, dentro o fuera de la base . El poder de aprehensión para cualquier E-4 y superior es EXACTAMENTE el mismo poder de aprehensión específicamente provisto a la policía militar que está en el desempeño de sus funciones. Este es un poder federal y, por lo tanto, no está sujeto a limitación por las leyes u ordenanzas estatales o locales. Sin embargo, puede estar limitado cuando se encuentra fuera de los EE. UU. Y sus territorios de ultramar, según diversos tratados y acuerdos SOFA con las naciones anfitrionas. Y está limitado, por supuesto, por el sentido común y la ejecución de la discreción y el buen juicio tanto por parte de la policía militar como de aquellos E-4 y superiores a quienes se les confía el poder de aprehensión por violaciones de la UCMJ, para sofocar el desorden o las protestas, etc.
¿Puede la policía militar, o cualquier E-4 o superior, usar este poder sobre un miembro del servicio superior o un oficial? Bueno, sí, pero como se señaló anteriormente, el buen juicio y la discreción son las mejores partes del valor. Lo que PUEDE hacerse no siempre es lo que DEBE hacerse. Muy a menudo, simplemente el informe del delito al Comando militar del delincuente es suficiente para garantizar que se tomen las medidas apropiadas sin un espectáculo público o la necesidad de un pobre E-4 para tratar de detener a un Coronel o Sargento Mayor (incluso cuando los ancianos están violando la UCMJ …). Otra forma de expresar esto: un buen testigo suele ser preferible a un héroe muerto. Se aplica a los miembros militares subordinados que intentan detener a miembros militares de alto rango … “muerto” es figurativo para “muerto de carrera” si algo sale mal …
En el mundo civil, los oficiales de policía pueden o no tener poderes de arresto las 24 horas del día, los 7 días de la semana, los 365 días del año, según sus respectivas autoridades jurisdiccionales y de la Agencia, y pueden o no “activarse” a un estado de servicio para emplear esos poderes de aplicación de la ley en sus propias jurisdicciones, o en cualquier otra jurisdicción. En ausencia de tales poderes, son simplemente ciudadanos bien entrenados que saben mucho más que los demás sobre qué hacer y qué no hacer, y pueden liderar y ayudar a otros, aunque sin el estatus de oficial de cumplimiento de la ley (LEO).
En el ejército, todos los E-4 y superiores que están sujetos a la UCMJ (todos los miembros en servicio activo, todos los reservistas que están en el desempeño de CUALQUIER tipo de servicio militar ya sea activo o inactivo, todos los cadetes y guardiamarinas de la Academia de Servicio Militar, todos retirados oficiales en servicio activo y E-4 y superiores, todos los E-4 de reserva retirados y superiores que actualmente están hospitalizados por cualquier fuerza armada, y todos los E-4 y superiores de la Flota de la Marina y el Cuerpo de Marines de la Armada) tienen 24/7 / 365 poder para aprehender bajo la UCMJ … pero solo aplicable a otros miembros del servicio que también están sujetos a la UCMJ ( no civiles, excepto en casos excepcionales en áreas de combate cuando los civiles están bajo controles militares directos … no es algo que pueda suceder en ningún momento hora). Además, como se indica arriba y abajo, TODAS las policías militares que cumplen sus deberes oficiales como policía militar , independientemente de su grado E-1 y superior, también tienen el poder de detener, realizar investigaciones, etc., sujeto a la límites de su capacitación, experiencia y políticas locales de agencia / servicio.
- ¿Cuán competente es el EPL como fuerza militar?
- ¿Debería un civil saludar a un oficial militar como señal de respeto?
- ¿Me ayudaría la neuralgia en el ejército?
- ¿Cómo controlan los talibanes las áreas de la provincia de la frontera noroeste en Pakistán? ¿Por qué las Fuerzas Armadas de Pakistán no lo han tomado como lo hicieron en SWAT?
- ¿Los políticos realmente creen que la exhibición de fuerza militar bruta disuade a los terroristas?
Esta es una diferencia fundamental entre los LEO civiles y la policía militar: muchas jurisdicciones civiles tienen leyes que requieren que cualquier ciudadano no solo obedezca / no se resista a los comandos legales de un LEO, sino que los ayude si así se le ordena (un remanente de requisitos de ley común y requisitos de derecho consuetudinario). que los ciudadanos se pongan a disposición cuando se les solicite la defensa y la seguridad comunes), pero los propios ciudadanos solo tienen derecho a la legítima defensa y otros derechos proporcionados y reconocidos por sus Constituciones (Estados Unidos y / o Estado) y sus estatutos. Mientras que los LEO poseen una comisión y juramento de servicio a su jurisdicción, meses a años de capacitación y experiencia, certificación como LEO de algún nivel y diversas herramientas del comercio policial (arma de fuego, porra, gas pimienta, radio, etc.) .
En el ejército, CADA E-4 y superior, 24/7/365, tiene el poder formal y estatutario para detener a los infractores de la ley (de la UCMJ), sofocar ataques y disturbios, investigar posibles violaciones, etc. La policía militar simplemente se ha especializado entrenamiento, y una insignia, y las diversas herramientas del comercio policial. Pero sus poderes de aprehensión no son diferentes. Esto coloca a la policía militar en un lugar diferente frente a otros miembros del servicio en comparación con sus homólogos civiles LEO bien entrenados que se encuentran con el ciudadano promedio.
La policía militar puede comenzar una detención de investigación (por ejemplo, una parada de tráfico “de rutina” en la base basada en una infracción de tráfico), que se produce de lado cuando una alerta E-4 o superior decide que el MP está violando el UCMJ (en cualquiera de los de 10,000 formas, dada la gran cantidad de regulaciones que deben seguirse) y, por lo tanto, debe ser aprehendido, o una forma de “resistencia al arresto” patea donde (generalmente) un MP de rango subordinado intenta una aprehensión legal de un miembro del servicio superior sin seguir Los protocolos y regulaciones necesarios para tales eventualidades sensibles.
En presencia de un arma de fuego, no es ventajoso para nadie resistir o extender cualquier detención más de lo necesario, especialmente cuando el portador de ese arma de fuego puede ser un miembro del parlamento de 20 años que acaba de salir de la escuela de MP y está listo para dejar su huella asegurando que todos los suboficiales y oficiales de alto rango obtengan multas, etc., por las infracciones más leves. Entonces, cuando un miembro del servicio superior se encuentra con un joven diputado, puede haber tensiones que generalmente no existen en el mundo civil, porque un general, coronel, sargento mayor, etc., tiene quizás más de 30 (a veces más de 40) años de servicio militar , y puede saber muy bien todo lo que hay que saber sobre el ejercicio del poder de la detención, la UCMJ, las investigaciones, los tribunales de guerra, incluso las tácticas y procedimientos policiales. Incluso pueden conocer personalmente al Provost Marshal (jefe de la policía de la base) y vivir al lado de ellos en la vivienda de la base, cenando en la misma mesa todas las semanas. Por lo tanto, el MP promedio no puede abordar sus deberes con la misma ventaja en conocimiento y experiencia que posee un LEO civil. De hecho, el MP puede ser lamentablemente deficiente en comparación con el personal militar que los rodea … y TODO el personal militar que los rodea y que son E-4 y superiores tienen poderes de aprehensión 24/7/365, y también pueden superarlos personalmente.
Esto no quiere decir que los parlamentarios sean ignorantes o inexpertos, por el contrario, que el conocimiento que poseen puede simplemente no ser suficiente para “ver el mundo a través de los ojos del general …” Y eso puede no ser bueno (al menos para el MP …)
Aquí está el requisito real de obedecer las órdenes de los centinelas o la policía de las fuerzas armadas, en el desempeño de sus funciones , tal como se enumeran en el Manual para Tribunales Marciales (MCM), Código Penal Uniforme (UCMJ), Artículo 92c (2) (c) (ii). Consulte la página IV-24 de: http://www.au.af.mil/au/awc/awcg…
Artículo 92. Incumplimiento de una orden o reglamento.
a. Texto del estatuto . Cualquier persona sujeta a este capítulo que: (1) viole o no obedezca cualquier orden o regulación general legal; (2) tener conocimiento de cualquier otra orden legal emitida por un miembro de las fuerzas armadas, que es su deber obedecer, no obedece la orden; o (3) está abandonado en el desempeño de sus funciones; será castigado como lo ordene un tribunal marcial. . . . →
C. Explicación . . . →
(2) Violación o incumplimiento de otra orden legal .
(a) Scop e. El Artículo 92 (2) incluye todas las demás órdenes legales que pueda emitir un miembro de las fuerzas armadas, cuyas violaciones no son imputables en virtud del Artículo 90, 91 o 92 (1). Incluye la violación de regulaciones escritas que no son regulaciones generales. Véase también el subpárrafo (1) (e) anterior según corresponda.
(b) Conocimiento . Para ser culpable de este delito, una persona debe haber tenido conocimiento real de la orden o regulación. El conocimiento del orden puede ser probado por evidencia circunstancial.
(c) Deber de obedecer el orden .
(i) De un superior . Un miembro de una fuerza armada que es de rango superior a un miembro de otra fuerza armada es el superior de ese miembro con autoridad para emitir órdenes que ese miembro tiene el deber de obedecer en las mismas circunstancias que un oficial comisionado de una fuerza armada. el comisionado superior de un miembro de otra fuerza armada a los efectos de los artículos 89 y 90. Ver párrafo 13c (1).
(ii) De uno no superior . El incumplimiento de la orden legal de alguien que no sea superior es un delito en virtud del Artículo 92 (2), siempre que el acusado tenga el deber de obedecer la orden, como una emitida por un centinela o un miembro de la policía de las fuerzas armadas . Vea el párrafo 15b (2) si la orden fue emitida por una orden, suboficial o suboficial en la ejecución del cargo.
Lo que es diferente es cuando la violación de la ley por un miembro del servicio que está sujeto a la UCMJ NO es por un delito militar, es decir, un delito que no está cubierto por la UCMJ.
EN cuyo caso, cualquier E-4 o superior, o cualquier policía militar, puede realizar una detención de investigación de una breve duración para determinar si aplica la UCMJ; de lo contrario, el delincuente puede ser entregado a las autoridades civiles correspondientes y se enviará un mensaje a su Comando militar sobre los hechos de la situación. El delincuente, si su delito NO está sujeto a la UCMJ (y en realidad hay relativamente pocos delitos graves o delitos menores que NO están sujetos a la UCMJ, ya que es muy exhaustivo y hay órdenes generales y especiales y miles de reglamentos que cubren casi todo …), Y ellos (la persona) ESTÁN sujetos a la UCMJ, se le puede ordenar al miembro del servicio que regrese a su Comando (y / o acompañado para asegurarse de que lleguen allí) simplemente revocando su libertad o abandonando el estado, porque si está sujeto a la UCMJ, entonces también está de servicio las 24 horas del día, los 7 días de la semana, los 365 días del año y la “libertad” o “licencia” son solo períodos de tiempo en los que no está obligado a presentarse físicamente en su espacio de trabajo para realizar tareas, y no es una defensa o escudo contra la jurisdicción sobre la persona bajo la UCMJ.
La ley sigue sin resolverse con respecto a cómo exactamente los miembros retirados del servicio encajan en esto … pero SI están sujetos a la UCMJ, y SI cometen una violación de la UCMJ, entonces la jurisdicción sobre la persona y el delito está de hecho completa. En tal caso, si bien es técnicamente posible detener formalmente al miembro del servicio retirado, probablemente sea mejor seguir la ruta similar a un proceso de gran jurado civil: recopilar los hechos a través de la investigación, presentar los hechos a través de la cadena de mando, lo que puede resultar en la convocatoria de una Junta de Investigación o una audiencia del Artículo 31, y ENTONCES el miembro del servicio retirado puede ser llamado al servicio activo a través de acciones Secretariales para presentarse en la corte marcial o aplicar medidas disciplinarias o administrativas. Lo contrario también es cierto: un miembro del servicio retirado puede observar una violación de la UCMJ, y técnicamente estar autorizado para detener al infractor … pero el jubilado estaría mejor (siempre que no haya algún tipo de circunstancias extraordinarias de “La Casa Blanca ha caído” presente) recopilar datos y remitir el asunto a la policía militar más cercana, o la cadena de mando adecuada, para su correcta disposición.
De esta manera, también hay una diferencia entre los LEO civiles retirados y los E-4 militares retirados y superiores, donde no todas las jurisdicciones y agencias permiten que los LEO civiles retirados ejerzan la autoridad LEO (incluido el arresto), al menos en el sentido técnico, cualquier E-4 militar retirado o superior conservará ( por el resto de su vida ) ciertos poderes de aprehensión y más que una chispa de autoridad como resultado de la confianza especial y la confianza que se les confió a través de sus comisiones, juramentos de servicio y estado continuo como miembros militares, aunque en un estado de servicio reducido como jubilados.
El estado esencial en cuestión es si están sujetos a la UCMJ en el momento de la acción penal, y nuevamente en el momento en que se enfrentan a las autoridades militares (o civiles).
Un miembro del servicio que estaba sujeto a la UCMJ puede ser devuelto posteriormente a un estado de servicio para enfrentar esos cargos incluso si han dejado el servicio militar, porque el cambio en su estado de servicio no elimina el “olor” de la jurisdicción de UCMJ del delito original. , y una vez que las acciones secretariales necesarias (Ejército, Armada, Fuerza Aérea, etc.) han tenido lugar para retirar a ese miembro del servicio al servicio activo para enfrentar los cargos, entonces la jurisdicción ante el UCMJ sobre la persona, así como el delito, se completa .
Como señalaron otros, por supuesto, es necesario que haya una comunicación sólida entre las autoridades militares y civiles cuando se trata de asuntos jurisdiccionales, porque por muchas razones, uno o ambos pueden optar por renunciar a la jurisdicción o permitir el enjuiciamiento en otro lugar.
El doble riesgo para un miembro del servicio bajo la UCMJ solo se aplica a los Tribunales Federales, de los cuales un Tribunal General Marcial militar es uno, por lo que un miembro del servicio puede, de hecho, enfrentar un Tribunal Marcial militar incluso después de un juicio en un tribunal estatal o local . Esto se desaconseja, y solo después de una gran cantidad de discusiones por parte de abogados y Autoridades de la Corte Marcial de alto rango (el Oficial General o de la Bandera que tiene jurisdicción de UCMJ sobre el acusado) esto ocurriría. Por lo general, si el proceso de un tribunal civil avanza, se tomará una decisión del lado militar para determinar si ese miembro del servicio enfrentará medidas administrativas (en oposición a medidas disciplinarias que en este contexto significan audiencias de castigo no judiciales del Artículo 15 o alguna forma de tribunal marcial bajo la UCMJ y el Manual para tribunales marciales) hasta e incluyendo el alta del servicio (a menudo independientemente del resultado del juicio civil), y eso será todo.
Un miembro del servicio que está administrativamente separado por su Servicio por “comisión de un delito grave”, o “patrón de mala conducta” o “condena civil”, y luego se anula su condena civil (digamos en la apelación), o se absuelve en el juicio, o juicio nulo sin nuevo juicio, puede solicitar a la Junta de Corrección de Registros de su respectivo Servicio que intente regresar a un estado militar, a la luz de “en retrospectiva, el despido prematuro del miembro del servicio antes de que se complete el proceso legal … etc.” Dichas peticiones pueden o puede no ser exitoso, en base a los hechos individuales del caso. Si tiene éxito, los individuos pueden ser reintegrados con antigüedad y pago retroactivos, o tal vez simplemente retirados oficialmente y su pago retroactivo calculado y pagado como si nunca hubieran sido “dados de alta” en primer lugar. O la petición puede fallar, o solo puede otorgarse parcialmente, o se puede requerir una demanda para lograr los mismos fines. Etc.
Además, volviendo a la pregunta original, a la policía militar, como miembros del servicio, se le puede ordenar que realice cualquier tarea, no solo la aplicación de la ley. Por lo tanto, se puede ordenar a un MP que cumpla con su deber de KP, vigilar la línea de vuelo para “FOD” (escombros de objetos extraños), recoger colillas de cigarrillos, limpiar la cabeza / letrinas, raspar los percebes, hacer el servicio en sus espacios de unidad o barracones, someterse al campo inspecciones diarias de su sala de barracas, ir a prácticas de desfile durante días o incluso semanas, realizar instrucción militar adicional (EMI) si realizan mal alguna de las acciones anteriores, desplegarse en cualquier momento en cualquier lugar del mundo para cualquier propósito, ser transferido del lugar de destino al lugar de destino, ser transferido del campo de trabajo de MP a cualquier otra ocupación a discreción del Servicio con o sin causa, y, si se despliega durante ejercicios u operaciones de contingencia, realiza una línea completamente diferente de funciones doctrinales de la policía militar, misiones, y herramientas.
La policía militar a menudo tiene una gran demanda durante cualquier operación de contingencia, ya sea una operación de combate importante o humanitaria, o cualquier otra cosa intermedia, precisamente porque aportan un conjunto tan amplio de habilidades y herramientas: operaciones de convoy, operaciones de seguridad, POW / EPW operaciones, interrogatorios, contrainsurgencia y más. Estos no son los tipos de actividades que se realizan comúnmente en la guarnición, por lo que los parlamentarios deben incluirlos en los planes y ejercicios anuales de capacitación, además de todas las otras cosas mencionadas anteriormente y las “tareas policiales” a nivel de guarnición como la patrulla, investigaciones, puertas de base de personal, etc.
Sin mencionar aprender cómo el Marco de Respuesta Nacional (NRF) (anteriormente conocido como el Plan de Respuesta Nacional, o NRP), el Sistema Nacional de Gestión de Incidentes (NIMS), el Sistema de Comando de Incidentes (ICS), FEMA, la Ley Stafford, la Ley de Insurrección, Posse Comitatus Actúa, y mucho, mucho más interactúa entre sí, con otras leyes y políticas federales, estatales, locales, tribales, militares, de servicios y de agencias … y agencias intergubernamentales y otras agencias gubernamentales, la ONU, la OTAN, con las fuerzas de seguridad de la nación anfitriona. , ONG, etc., en cualquier momento operando en un entorno operativo Conjunto / Combinado.
Un Comando unificado militar no es lo mismo que un Comando unificado NIMS / ICS, pero ambos pueden coexistir en el mismo tiempo, espacio y operación … Los parlamentarios necesitan conocer a ambos para funcionar de manera efectiva.