¿Se aplican las libertades aéreas cuando se vuela en un avión de propiedad privada?

¿Se aplican las libertades aéreas cuando se vuela en un avión de propiedad privada?

No en realidad no. Las “Libertades del Aire”, como se las conoce, describen las posibilidades de operación de aeronaves comerciales de transporte aéreo, llevando a cabo sus operaciones dentro del contexto de acuerdos bilaterales de servicios aéreos.

En el período inmediato posterior a la Segunda Guerra Mundial, las aeronaves de propiedad privada que volaban con fines privados y no comerciales fueron vistos como posibles aviones espía, y fueron excluidos de los privilegios de las aerolíneas programadas de las naciones. Las operaciones de aviones de aviación privada del período (y desde entonces) fueron monitoreadas por las fuerzas aéreas de las naciones, que crearon autoridades de aviación civil para ocuparse tanto de los servicios de las aerolíneas como de los vuelos comerciales y no comerciales no programados.

Los vuelos internacionales en aviones privados todavía requieren autorizaciones de vuelo individuales por parte de las autoridades de aviación de la mayoría de los países.

No.

Las libertades aéreas son relevantes solo para el “transporte aéreo civil internacional”. Fueron generados por el Convenio de Chicago sobre aviación civil internacional en 1944, que también estableció la Organización de Aviación Civil Internacional.

Busque en Google “Convención de Chicago 1944” y encontrará una gran cantidad de información sobre los derechos y responsabilidades de la aviación civil internacional.

Dos sitios que puede encontrar útiles son:

1) ¿Cuáles son las libertades del aire y a quién se aplican?
http://www.aviationlaw.eu/wp/wp-…

2) ¿Qué era la Convención de Chicago y por qué era necesaria?
http://www.icao.int/secretariat/